La solicitud de autorización de regreso, es mucho más frecuente cuando se aproximan las fiestas de Navidad y muchos extranjeros planifican viajar a sus países y visitar a sus familias.

Pero, ¿Qué ocurre si nos damos cuenta de que nuestro permiso de residencia está a punto de caducar y al volver del viaje, no estará en vigor?

En estos casos, es necesario tramitar una autorización de regreso pues de lo contrario, nos encontramos ante un serio problema ya que al no tener nuestra tarjeta de residencia en vigor ni la correspondiente autorización de regreso, no podríamos retornar a España si la tarjeta se encuentra caducada.

¿Qué es la autorización de regreso?

 

La autorización de regreso es un documento que sirve para autorizar la salida del país a extranjeros y, la posterior entrada en España de la persona extranjera cuyo permiso de residencia se encuentra en periodo de renovación o prórroga.

En el siguiente artículo te explicamos los tres supuestos en los que puedes solicitarla.

  1. En el supuesto de que el extranjero cuya autorización de residencia o de estancia se encuentre en periodo de renovación o prórroga. En estos casos, se le expedirá una autorización de regreso que le permita una salida de España y posterior retorno al territorio nacional. Es importante recordar, que en estos casos, el solicitante siempre tiene que acreditar que ha iniciado los trámites de renovación o prórroga que le habilitan para permanecer en España dentro del plazo legal fijado al efecto.

 

  1. Cuando el titular de una Tarjeta de Identidad de Extranjero en vigor, acredite haber presentado solicitud de duplicado de la tarjeta en caso de robo, extravío, destrucción o inutilización de aquella.

 

  1. Cuando el extranjero acredite que el viaje responde a una situación de necesidad y concurran razones excepcionales, podrá expedirse la autorización de regreso, con una vigencia no superior a noventa días desde que se conceda la autorización de regreso si se ha resuelto favorablemente la solicitud inicial e autorización de residencia o de autorización de estancia y está en trámite la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Cuando el viaje responda a una situaciones de necesidad, la autorización de regreso se tramitará con carácter preferente.

 

  • Las solicitudes de autorización de regreso, deberán ser presentadas personalmente por el propio interesado, o por representación ante la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia en la que el extranjero tenga fijado su domicilio.
  • En ningún caso se puede conceder una autorización de regreso a una persona sobre la que pesa una prohibición de salida de España o una limitación a su libertad de circulación acordada por la Autoridad Judicial con carácter cautelar o en un proceso de extradición, o como consecuencia de sentencia firme.
¿Qué documentación tengo que reunir?

 

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX 13) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
  • Copia del Pasaporte completo o cédula de inscripción y título de viaje en vigor.
  • Copia de la solicitud de renovación o prórroga de la autorización o de la tarjeta de identidad de extranjero o resguardo acreditativo de su presentación.
  • En el supuesto de tener concedida autorización inicial de residencia o estancia y tener en trámite la tarjeta de identidad de extranjero: documentación acreditativa de que el viaje responde a una situación de necesidad.

 

Si te encuentras en alguno de estos casos y quieres tramitar tu autorización de regreso, puedes ponerte en contacto con nuestros abogados especialistas en Derecho de extranjería e inmigración.

Pin It on Pinterest

Share This
Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos.
Privacidad