En el siguiente artículo le explicamos cómo puede recurrir el permiso de residencia o renovación denegado ante los distintos organismos y Juzgados.

Desgraciadamente, hoy en día la crisis económica ha hecho que muchas personas pierdan sus empleos y, con ello, surge el miedo a no poder lógicamente renovar sus permisos de residencia.

En este sentido, la denominada “irregularidad sobrevenida” hace un importante menoscabo en muchos inmigrantes que quedan de nuevo en situación irregular al no poder acreditar la existencia de un contrato de trabajo. En muchas ocasiones, se ven obligados a superar importantes dificultades y el arraigo social queda como única opción para optar a regularizarse en España.

Además, no sólo se encuentran afectados aquellos que solicitan una autorización de residencia inicial, sino aquellos que a la hora de realizar su renovación de residencia, se encuentran ante la situación de que no han podido cumplir el periodo mínimo de cotización que exige la ley convirtiéndose esto en una situación grave y desesperada para muchas personas.

De esta forma, ante una denegación de permisos de residencia, renovación, concesión de visados, etc. se deberán estudiar y valorar todas las circunstancias existentes. Si bien, estas denegaciones deben estar debidamente motivadas, además, se deberán justificar, las causas por las que se lleva a cabo la denegación, así como los plazos para interponer y recurrir el permiso de residencia denegado.

El primer lugar, se podría interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la denegación, esto es, ante la Oficina de Extranjería. El plazo para la interposición de este recurso es de un mes, contando dicho plazo, desde el día de la notificación. En segundo lugar, se podría interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. El plazo para su interposición es de dos meses desde la notificación.

La particularidad entre ambos reside en que, en el primer caso, es la propia oficina que nos deniega la resolución a quien presentamos el recurso para que la revoque. Mientras que en el segundo caso, si presentamos el recurso contencioso-administrativo, éste se resolverá ante el mismo Juzgado. El tiempo estimado para la resolución de cada recurso varía, no obstante, el recurso de reposición oscila aproximadamente entre uno o seis meses y el recurso contencioso- administrativo entre uno o dos años.

Si quiere recurrir el permiso de residencia denegado, póngase en contacto con nuestros abogados especialistas en derecho de extranjería e inmigración.

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