Esta situación es muy frecuente entre los clientes que acuden a nuestro despacho. Nos encontramos con ciudadanos extranjeros que son titulares de una autorización de residencia de larga duración, la cual, ha quedado extinguida por su ausencia en el territorio de la Unión Europea durante doce meses consecutivos.

En consecuencia, el ciudadano extranjero se encuentra en su país de origen y, nuestra primera actuación será solicitar la extinción de su tarjeta ante la Oficina de Extranjería correspondiente. De esta forma, la Oficina de Extranjería emitirá la resolución competente por extralimitación de permanencia fuera de territorio Schengen, iniciando el procedimiento de Extinción de Autorización de Residencia de Larga Duración.

El artículo 166 del Real Decreto 557/2011 sobre extinción de la autorización de residencia de larga duración, dice que: “la extinción de la autorización de residencia de larga duración y de la autorización de residencia de larga duración UE se producirá en los siguientes casos:

(…) c) Cuando se produzca la ausencia del territorio de la Unión Europea durante doce meses consecutivos.

Para acreditar la ausencia en España de los doce meses, se debe presentar el pasaporte. En este documento constará la salida de la Unión Europea durante doce meses consecutivos.

Sin embargo, en algunas ocasiones nos encontramos con la circunstancia de que los clientes, no pueden justificar la ausencia mediante este documento, al tener un pasaporte nuevo en el que constan sus páginas en blanco. En este sentido, podemos aportar cualquier medio de prueba válido en Derecho que permita acreditar que el ciudadano extranjero estuvo en su país de origen durante el plazo de un año, podría aportarse a modo de ejemplo: Certificados médicos, documentación escolar si se trata de un menor etc.

¿Cómo puedo recuperar mi residencia de larga duración?

Una vez obtenida la resolución de extinción de la tarjeta de residencia de larga duración por la Oficina de Extranjería competente, se procederá a solicitar ante el Consulado de España en nuestro país de origen el visado de recuperación de autorización de residencia de larga duración.

Para solicitar este visado es importante presentar la resolución  de extinción de la autorización de residencia de larga duración que hemos obtenido.

Además, el Consulado de España según tu país de origen, te requerirá una serie de documentación que se tendrá que presentar para la obtención de este tipo de visado.

Una  vez concedido por el Consulado el visado de recuperación de autorización de residencia de larga duración, se otorgará el plazo de un mes para solicitar personalmente el visado de residencia ante la Oficina consular España en cuya demarcación resida.

Serán exclusivos requisitos aportar la resolución de extinción de la tarjeta y el abono de la tasa por la tramitación del procedimiento de visado.

Una vez realizada su entrada a España, solicitaremos cita previa para la expedición de su tarjeta y puesta de huellas ante a Comisaría competente.

Realizamos un asesoramiento al cliente durante todo el procedimiento para la recuperación de su autorización de residencia de larga duración, desde la presentación de escritos hasta el asesoramiento y acompañamiento para la expedición de su tarjeta y puesta de huellas.

Si te encuentras en esta situación y quieres recuperar tu residencia de larga duración puedes ponerte en contacto con nuestros abogados expertos en Derecho de extranjería e inmigración y se encargarán de tramitar todo el proceso.

 

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