En el siguiente artículo te explicamos en qué consiste el procedimiento para recuperar la titularidad de la residencia de larga duración.

 

¿Qué es la residencia de larga duración?

 

La residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles.

Tendrán derecho a residencia de larga duración los que hayan tenido residencia temporal en España durante cinco años de forma continuada. Dicha continuidad no quedará afectada por ausencias del territorio español de hasta seis meses continuados, siempre que la suma de éstas, no supere el total de diez meses dentro de los cinco años.

A continuación, te explicamos las claves para recuperar la titularidad de la autorización de residencia de larga duración.

 

¿Qué requisitos tienen que cumplirse para tramitar el procedimiento de recuperación de la titularidad de una autorización de residencia de larga duración?

 

Conviene señalar, para empezar, que los requisitos que deben cumplirse con carácter general para la recuperación de la titularidad de una autorización de residencia de larga duración son los siguientes:

1. No encontrarse irregularmente en territorio español.

2. Haber sido titular de autorización de residencia de larga duración.

3. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

4. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

5. No padecer ninguna de las enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves.

La solicitud de recuperación de la titularidad de la autorización de residencia de larga duración será presentada por el extranjero, personalmente y en el modelo oficialmente establecido.

La solicitud irá dirigida a la Oficina de Extranjería de la provincia en la que desee fijar su residencia, podrá ser presentada ante la propia Oficina de Extranjería o ante la Misión diplomática u Oficina consular española en cuya demarcación resida.

¿Qué documentación deberá acompañar?

 

Se tendrá que presentar el impreso de solicitud EX-11 en modelo oficial por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.

A la solicitud de recuperación de la condición de residente de larga duración deberá acompañarse la siguiente documentación:

1. Pasaporte ordinario o título de viaje, reconocido como válido en España y con una vigencia mínima de cuatro meses.

2. Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años, en el que no debe constar condenas por delitos previstos en el ordenamiento español.

3. Certificado médico con el fin de acreditar que no padece ninguna de las enfermedades susceptibles de cuarentena previstas en el Reglamento sanitario internacional.

¿En qué consiste el procedimiento de recuperación de la residencia de larga duración?

 

Recibida la solicitud, se procederá a la instrucción del procedimiento y a su inmediata tramitación. Asimismo, se recabará de oficio el informe del Registro Central de Penados, así como los de los servicios competentes de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil.

Este último informe determinará de forma expresa si el extranjero cumple sus obligaciones en cuanto al compromiso de no regreso a España durante tres años.

No se entenderá incumplido el compromiso en caso de entradas en España a efectos de estancia de duración no superior a noventa días, salvo en supuestos de permanencia irregular una vez finalizado dicho periodo o, en su caso, la vigencia de las prórrogas de estancia que se hubieran podido conceder.

El órgano competente, a la vista de la documentación presentada y de los informes obtenidos, resolverá de forma motivada en el plazo de tres meses desde la presentación de la solicitud. La tarjeta tendrá una validez de cinco años.

Se entenderá que la resolución es favorable si la Administración no hubiera resuelto expresamente en el plazo. En el supuesto de que la resolución sea favorable, el extranjero deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero, personalmente y ante la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía correspondiente en el plazo de un mes desde la notificación de su concesión o, en su caso, desde la fecha de su entrada legal en territorio español.

Si quieres ampliar la información o deseas tramitar tu procedimiento con nosotros ponte en contacto con nuestros abogados especialistas en Derecho de Extranjería e Inmigración.

 

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