¿Has sufrido destrucción, pérdida, deterioro o retraso en la entrega de tu equipaje?
En primer lugar, es fundamental que acudas inmediatamente al mostrador de la compañía aérea para formular en ese momento la protesta correspondiente, cumplimentado el impreso denominado Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R) el cuál, es un requisito necesario para hacer constar la incidencia ocurrida con tu equipaje.
Este tipo de situaciones con cierta frecuencia y, en tal sentido, hemos de saber que la compañía aérea es responsable del daño causado en caso de destrucción, pérdida o daños del equipaje facturado cuando el hecho que haya causado el daño se haya producido a bordo de la aeronave o mientras el equipaje facturado se encuentre bajo la custodia de la compañía.
También es responsable del daño ocasionado por retraso en el transporte de equipaje, salvo que pruebe que se adoptaron todas las medidas que eran razonablemente necesarias para evitar el daño o que les fue imposible adoptar dichas medidas.
La finalidad de la protesta es que la compañía aérea, conozca la disconformidad del pasajero en relación con la devolución de su equipaje y, en definitiva, de la existencia de una incidencia que solicitamos que se resuelva.
Ante este tipo de circunstancias, es muy importe guardar justificantes o recibos de compra en el caso de que debido a la pérdida se haya tenido que comprar ropa o enseres para la estancia del viaje.
Si la compañía área admite la pérdida del equipaje facturado, o si el equipaje facturado no ha llegado a la expiración de veintiún días siguientes a la fecha en que debería haber llegado, el pasajero podrá hacer valer contra la compañía aérea los derechos que surgen del contrato de transporte.
Se deberá primeramente reclamar extrajudicialmente a la aerolínea por estos hechos para que a tal fin, abonen los gastos ocasionados y en su caso, los posibles daños morales que el retraso en la entrega del equipaje le ha supuesto,
Por el contrato de transporte aéreo de personas el portador se obliga a trasladar en aeronave a las personas y a sus equipajes de un lugar a otro, en el tiempo estipulado, garantizando su seguridad. Responde en consecuencia del correcto cumplimiento de las obligaciones asumidas, es decir, tanto del transporte en tiempo al lugar contratado, de las persona personas y sus equipajes, como de la seguridad o integridad de aquellas y éstos.
Sin embargo, hemos de tener presente que el transportista no será responsable en la medida en que el daño se deba a un defecto o a un vicio propio del equipaje.
Si en relación con la incidencia de tu equipaje, no recibes contestación de la compañía aérea o esta no te satisface, se podrá acudir a los tribunales en el plazo de dos años.
Si te encuentras en esta situación y quieres presentar tu reclamación extrajudicial por pérdida o daños de tu equipaje, puedes ponerte en contacto con nuestros abogados y se encargarán de presentar tu reclamación.