¿Quieres iniciar tu divorcio? En el siguiente artículo te explicamos todo lo que debes saber para iniciar tu procedimiento de divorcio.

En la mayoría de los casos, la disolución del matrimonio no es una cuestión sencilla. En ocasiones, origina múltiples discrepancias entre los miembros de la pareja, sobretodo ante la existencia de bienes e hijos en común, lo que lo dificulta aún más. Por ello, es aconsejable en estos procedimientos contar con el asesoramiento de un abogado especialista en Derecho de familia que lleve a cabo el procedimiento de divorcio de forma rápida y sencilla.

Hemos de tener en cuenta que las rupturas matrimoniales son cada vez más numerosas en España por lo que si te encuentras en esta situación te recomendamos el siguiente artículo, en el que explicamos y diferenciamos los diferentes tipos de divorcios más frecuentes en la práctica.

 

1. Divorcio de mutuo acuerdo.

 

El divorcio de mutuo acuerdo se inicia mediante la presentación de una demanda de divorcio firmada por ambos cónyuges o por uno sólo con el consentimiento del otro.

Se debe presentar en el Juzgado del último domicilio conyugal, o en el domicilio de cualquiera de los cónyuges si estos estuvieran separados.

Es importante tener en cuenta que en España para poder iniciar los trámites de divorcio, deberán haber transcurrido al menos tres meses desde la fecha de celebración del matrimonio, sin la necesidad de establecer motivo alguno para ello. Además, ambos cónyuges deben estar representados en el Juzgado por abogado y procurador.

Un aspecto importante es la documentación que se debe aportar tanto en el divorcio de mutuo acuerdo como en el divorcio contencioso.

En el divorcio de mutuo acuerdo, ambos cónyuges llegan a un acuerdo sobre la custodia de los hijos y sobre los bienes existentes en su caso. La documentación que deberán aportar es la siguiente:

  • Certificado de matrimonio.
  • Certificado de nacimiento de los hijos si los hubiera.
  • Propuesta de convenio regulador con respecto a las medidas que se tomarán (régimen de visitas, uso de la vivienda, pensión de alimentos, liquidación del régimen económico matrimonial entre otras)

Como regla general, en el plazo de tres días, los cónyuges serán citados para que ratifiquen el divorcio ante el Juez.  Este último, una vez estudiando el convenio y habiendo comprobado que no resulta perjudicial para los hijos ni cónyuges lo aprobará.

 

¿Qué ocurre si una de las partes no comparece?

 

Si los cónyuges no llegan a ratificar el convenio en el Juzgado, se procederá al archivo del mismo por el Juez y los cónyuges únicamente podrán iniciar el divorcio a través del procedimiento contencioso.

Finalmente, y tras la obtención de la sentencia que aprueba el convenio regulador, se procederá a inscribir el nuevo estado en el Registro Civil.

 

2. Divorcio contencioso.

 

La característica principal del divorcio contencioso es que en los casos en los que se plantea, la demanda de divorcio es presentada por uno sólo de los cónyuges sin el consentimiento del otro. Por tanto, a diferencia del divorcio de mutuo acuerdo, en el divorcio contencioso cada cónyuge debe estar representado por su abogado y procurador.

De esta forma, uno de los cónyuges presentará demanda de divorcio. Para lo cual, igual que en el divorcio de mutuo acuerdo sólo bastará con que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

En la demanda de divorcio se deberán exponer de forma clara y ordenada los hechos.

En cuanto a la documentación que se deberá aportar en el divorcio contencioso, se ha tener en cuenta que además del certificado de matrimonio, y el certificado de nacimiento de los hijos, se habrá de acompañar toda aquella documentación que pueda acreditar los ingresos de ambos cónyuges y la situación laboral de cada uno de ellos, así como los gastos originados en el domicilio familiar y los gastos de los hijos si existieran a fin de determinar el importe de la pensión de alimentos.

El divorcio contencioso se lleva a cabo en aquellos casos en los que las partes no desean o no pueden llegar a un acuerdo. Evidentemente, estamos ante un procedimiento más largo y costoso.

En estos casos, es el Juez quién decide sobre todos aquellos aspectos en los que las partes no están conformes.

 

¿Qué efectos produce el divorcio?

 

El divorcio conlleva la ruptura del vínculo conyugal, con lo cual, los cónyuges podrán volver a celebrar un nuevo matrimonio. Los efectos principales que produce el divorcio son los siguientes:

1º Disolución del matrimonio.

2º Tras sentencia firme, los cónyuges pueden volver a casarse de nuevo.

3º Disolución del régimen económico matrimonial.

4º Se atribuye la patria potestad, la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, el domicilio conyugal siendo ello pactado por convenio regulador aprobado por el Juez.

 

Si quieres ampliar la información o realizar tu procedimiento de divorcio con nosotros, puedes ponerte en contacto con nuestros abogados especialistas en Derecho de familia.

 

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