¿Qué es y para qué sirve?
Las personas que, con independencia de su sexo, convivan en una relación de afectividad análoga a la conyugal, y que cumplan los requisitos de inscripción establecidos en la Ley 5/2012, de 15 de octubre, pueden inscribir su relación, con carácter constitutivo, en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana.