En el siguiente artículo te explicamos los diez documentos que se han de acompañar en todo caso, a nuestra solicitud de nacionalidad española por residencia. ¿Quieres tramitar tu expediente de nacionalidad española por residencia? ¿No sabes que documentación necesitas?
Debemos recordar que hasta el 30 de junio de 2017, se ha establecido un periodo transitorio a través del cual, podemos presentar nuestra solicitud de nacionalidad española por residencia en el Registro Civil correspondiente de nuestro domicilio.
¿Que documentación tenemos que adjuntar junto con nuestra solicitud de nacionalidad española por residencia?
- Modelo de solicitud.
- Tarjeta de Identidad de extranjero, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión. Podrá sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el momento de solicitud.
- Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
- Certificado de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen del interesado, debidamente traducido y legalizado.
- Certificado de matrimonio del lugar de celebración en el caso de personas casadas.
- Justificante del pago de tasas.
- Certificado de antecedentes penales del Registro Central de Penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
- Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta.
- Diplomas del Instituto Cervantes relativos a la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE). Las personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, quedan exentas de la realización del examen DELE conforme al Reglamento de nacionalidad por residencia, pasaporte en vigor o certificado de nacionalidad que acredite la exención.
Según la normativa de exención general, los extranjeros de los países que según su nacionalidad no van a tener que hacer la prueba de examen DELE son: Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Paraguay, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
Además de la documentación anterior, deberán aportarse en determinados casos una serie de documentos específicos. A continuación, te explicamos tres de los supuestos más frecuentes.
Si el ciudadano extranjero se encuentra casado con una española.
Certificación literal de nacimiento del cónyuge español, expedido por el Registro civil español.
Certificación literal de matrimonio expedido por el Registro civil español.
Certificación o empadronamiento conjunto con el cónyuge.
Si la ciudadana extranjera es viuda de ciudadano español.
Certificación literal de nacimiento del cónyuge expedido por el Registro civil español.
Certificación de matrimonio expedido por Registro civil español actualizado, esto, expedido en fechas próximas a la solicitud de nacionalidad.
Certificación de defunción del cónyuge.
Certificado de empadronamiento conjunto o convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge.
Si el ciudadano extranjero es descendiente de español.
Certificación literal de nacimiento del padre o madre español.
Certificación literal de nacimiento del abuelo o abuela, sólo cuando uno de ellos, o ambos, sean ascendientes españoles. En este caso, deberá presentarse también la certificación de nacimiento del padre o madre descendiente del español.
Tras la presentación de nuestro expediente de nacionalidad española por residencia y la posterior recepción de la concesión de nuestra solicitud de nacionalidad, el siguiente trámite será realizar la jura de la nacionalidad española en el Registro Civil. Se trata de un trámite rápido y sencillo, mediante el cual juramos respeto a la Constitución Española y a las normas del Estado español. Finalmente, habrá que realizar la correspondiente inscripción de la nacionalidad en el Registro Civil.
Si quieres solicitar tu nacionalidad española por residencia y prepararla y tramitarla con nuestros abogados consúltanos.