Presentación telemática

 

Desde el 30 de junio de 2017, ya no es posible presentar la nacionalidad española ante el  Registro Civil sino que la solicitud ha de presentarse de manera telemática. Esto quiere decir que solo cabe la presentación electrónica de la misma, bien por los propios interesados, o por profesionales habilitados para ello -abogados-, que presentarán la solicitud y documentación en representación de los mismos.

Al presentarse de manera automática la solicitud de nacionalidad española, se genera inmediatamente la digitalización de su expediente. Esto supone una mayor agilización del procedimiento puesto que, antiguamente, al presentarlo ante un Registro Administrativo, hemos sido testigos de un manifiesto retraso para la digitalización de los expedientes de nuestros clientes en una gran cantidad de casos.

 

¿Qué supone la reforma?

 

La finalidad de esta reforma supone, como es lógico, un procedimiento administrativo basado en la tramitación electrónica en todas sus fases, acortando los plazos de resolución.

Junto a dicha solicitud de nacionalidad española, se ha de abonar la correspondiente tasa administrativa por lo que habrá de adjuntarse el justificante del pago.

Recordamos que actualmente existen numerosos retrasos en la tramitación de los expedientes de nacionalidad española por residencia y que recientemente se ha propuesto un plan de choque por parte del Gobierno con la finalidad de terminar con el atasco existente en la gestión de solicitudes de nacionalidad ya que según datos facilitados, actualmente, existen 360.000 expedientes sin resolver.

Sin embargo, como hemos venido observando según recientes noticias, la cantidad de procedimientos de nacionalidad española pendientes, es tan alta que el Ministerio de Justicia, ha admitido que el colapso en la tramitación de los expedientes de nacionalidad española continuará hasta al menos, el año 2021.

Según datos, el atasco se arrastra desde el año 2012, en el que se llegaron a acumular 465.000 casos pendientes de resolver.

Según se ha informado desde el Ministerio de Justicia, los expedientes del año 2015 están prácticamente resueltos y se están empezando a digitalizar los expedientes del año 2016.

Recordamos que muchas solicitudes de nacionalidad española por residencia fueron presentadas en papel, directamente en el Registro, llevándose a cabo con posterioridad la digitalización de todos estos expedientes.

Según fuentes recientes más de 120.000 funcionarios hacen horas extra, pero se necesitan más fondos para contratar a personal externo que tramite expedientes desde fuera”

Plan de choque

 

La Ministra de Justicia, Dolores Delgado, ha asegurado que el “plan de choque” para acelerar la resolución de expedientes de nacionalidad española por residencia está funcionando y calcula que se pondrá fin en el año 2021.

Somos conscientes del gran trabajo que se está realizando en este aspecto para frenar dicho colapso. Sin embargo, existen muchos ciudadanos que, teniendo presentado su expediente de nacionalidad española por residencia y, habiendo transcurrido el correspondiente plazo, necesitan de manera urgente su resolución de nacionalidad española debido a circunstancias personales y/o laborales.

Una alternativa: el recurso contencioso administrativo

Ante este tipo de situaciones, se opta por interponer el correspondiente recurso contencioso administrativo, con la finalidad de acelerar su procedimiento y obtener la deseada resolución.

¿Te encuentras en esta situación? Si es así, puedes ponerte en contacto con nuestros abogados especialistas y valoraremos tu caso para acelerar tu proceso de nacionalidad española.

 

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