Actualmente, llegan a nuestro despacho clientes con conflictos matrimoniales en busca de una solución para poder gestionar de manera más adecuada el proceso de separación o divorcio. En ese aspecto nosotros contamos con profesionales expertos en mediación familiar.
Es importante tener en cuenta que, cuando una pareja inicia su proceso de divorcio o separación suelen surgir diferencias entre ambos, debido principalmente a la ruptura familiar y a todas aquellas emociones asociadas a aquella.
En este sentido, la mediación familiar ha ido evolucionando de forma progresiva, convirtiéndose en un instrumento de eficacia sobre todo en lo relativo a los conflictos matrimoniales, donde hay intereses tan importantes en juego como los menores.
De forma breve, la mediación familiar según lo dispuesto en la Ley 7/01 de la Generalitat Valenciana, persigue la solución extrajudicial de los conflictos surgidos. En el proceso de mediación, uno o más profesionales cualificados, imparciales y sin capacidad de tomar decisiones por las partes, asiste a los miembros de una familia en conflicto.
El objetivo principal de la mediación familiar es facilitar las vías de dialogo y la búsqueda de un acuerdo.
En la práctica, es frecuente alcanzar resultados satisfactorios y modificar actitudes negativas. Para ello, es muy importante, la predisposición de las partes implicadas.
¿Cuáles son las características de la mediación?
Las características que definen la mediación son las siguientes:
- Voluntariedad:
En el artículo 6 de la Ley de Mediación se recoge esta característica. La mediación es voluntaria, es decir, nadie está obligado a mantenerse en el procedimiento de mediación ni a llegar a un acuerdo. En caso contrario, no tendría sentido desarrollar una mediación obligatoria.
Las partes implicadas deben acudir a la mediación familiar porque realmente es este el cauce que quieren seguir para solucionar la controversia. Igualmente, cualquiera de las partes, de forma libre, puede en cualquier momento de la mediación, apartarse del proceso.
- Imparcialidad:
El mediador debe actuar en el proceso de mediación familiar de forma totalmente imparcial y neutra respecto al interés que cada una de las partes persigue. Por tanto, no podrán posicionarse por una de las partes.
- Confidencialidad:
El principio de confidencialidad no está referido solo al mediador, sino que se hace extensivo a todos los que intervienen en el y, permite garantizar la no difusión de lo realizado en un posterior procedimiento judicial.
La confidencialidad podrá reclamarse en el supuesto de violación de la misma.
- Igualdad:
El principio de igualdad aplicado al proceso de mediación familiar garantiza que las partes intervengan en el procedimiento con plena igualdad.
Este principio es importante ya que es precisamente la igualdad entre cada una de las partes la que da lugar a un acuerdo satisfactorio, respetando los puntos de vista expuestos por cada una de las partes, acercando sus posiciones y buscando alternativas, guardando el turno de palabra etc.
¿Cuándo puede instarse un procedimiento de mediación?
Podemos acudir a la mediación al inicio del proceso de separación o divorcio o durante el procedimiento judicial.
La mediación constituye un recurso al que podemos acceder en cualquier momento por deseo del juez o de las propias partes implicadas.
La mediación familiar, se proyecta sobre conflictos tales como:
- Pensión de alimentos.
- Derecho de visitas y comunicación con los menores.
- Liquidación de la sociedad de gananciales.
- Guarda y custodia de los menores.
- Domicilio de los menores.
- Ejercicio de la patria potestad.
Hay que tener en cuenta que todos estos acuerdos afectarán al futuro de los miembros de la familia.
Si te encuentras en un procedimiento de divorcio con menores y quieres llegar a algún acuerdo sobre las medidas a acordar puedes ponerte en contacto con nuestros abogados y se encargarán de tu procedimiento. яндекс