La residencia de larga duración viene regulada en el artículo 32 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Se halla en situación de residencia de larga duración, en consecuencia, el extranjero que haya sido autorizado a residir en España indefinidamente y a trabajar en igualdad de condiciones que los españoles.

La autorización de residencia de larga duración podrá ser denegada cuando existan datos que afecten al orden público y seguridad pública ya que en estos casos la existencia de antecedentes penales por si misma no impide la autorización de residencia de larga duración si en el solicitante no concurren otras circunstancias que afecten al orden público o a la seguridad pública.

La jurisprudencia ha aclarado que el concepto de orden público requiere, en todo caso, aparte de la perturbación del orden social que constituya cualquier infracción de la ley, que exista una amenaza real, actual y suficientemente grave que afecte a un interés de la sociedad.

En consecuencia, para la denegación de una solicitud de residencia de larga duración, la Administración tiene que tomar en consecuencia la gravedad o el tipo de delito contra el orden público o la seguridad pública por el que el solicitante fue condenado así como el peligro que representa el ciudadano extranjero, debiendo tener presente la duración de la residencia previa y la existencia de vínculos del solicitante con España, por lo que la autorización de residencia de larga duración quedará sujeta a la valoración de una serie de circunstancias.

En consecuencia, los antecedentes penales, no determinan por sí solos la denegación de la autorización de la residencia de larga duración, sino que para que se produzca esa denegación será necesario que las eventuales condenas reflejen una situación que afecten a los conceptos de orden público y seguridad pública, de tal forma que ello suponga la existencia de una amenaza real, actual y suficientemente grave para el orden público o la seguridad pública.

Si te han denegado tu residencia de larga duración puedes ponerte en contacto con nuestros abogados especialistas en derecho de extranjería e inmigración.

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