Actualmente, son numerosos los casos en los se interpone el procedimiento demanda de modificación de medidas definitivas acordadas en la Sentencia de separación o divorcio con la finalidad de solicitar un aumento o reducción de la pensión de alimentos. Será necesario acreditar para ello, una variación significativa de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su día para acordarlas.
Pero ¿Qué debemos hacer en estos casos?
Conviene poner de manifiesto que se deberá interponer la correspondiente demanda de modificación de medidas.
En el ámbito jurídico, las medidas acordadas en la sentencia de separación o divorcio podrán ser modificadas siempre que resulten alteradas sustancialmente las circunstancias económicas o personales existentes en el momento de su adopción.
A mayor abundamiento, menciona el citado artículo 146 del Código Civil “la cuantía de los alimentos será proporcional al caudal o medios de quién los da y a las necesidades de quien los recibe”
Por su parte, el artículo 147 del mismo texto legal continúa mencionando al respecto que “los alimentos, en los casos a que se refiere el artículo anterior, se reducirán o aumentarán proporcionalmente según el aumento o disminución que sufran las necesidades del alimentista y la fortuna del que hubiere de satisfacerlos”
Así, a dicha demanda de modificación de medidas se deberán acompañar todos los documentos y pruebas que sirvan para acreditar el cambio de circunstancias que justifica la modificación de medidas. Ahora bien, hay que tener en cuenta que se deberán solicitar los términos en que se modificarán las medidas definitivas. Además, debemos recordar que la competencia en el procedimiento judicial de modificación de medidas se atribuye al órgano que acordó las mismas, esto es, al Juzgado que tramitó la separación o el divorcio. Finalmente, y una vez interpuesta la demanda, se dará traslado de la misma al otro progenitor a fin de que pueda contestar la misma en el plazo establecido para ello.
Si quiere interponer su demanda de modificación de medidas, estamos a su disposición. Consúltenos.
HOLA QUE TAL A MI ME DEMANDARON POR LA PENSIÓN DE MI HIJO EL JUEZ YA DICTO SENTENCIA Y ESTABLECIO QUE DEBERIA PAGAR 650 PESOS SEMANALES POR CONCEPTO DE PENSION SIENDO QUE YO SOY CAMPESINO Y GANO SOLAMENTE MIL PESOS A LA SEMANA, MI CASO LO LLEVO UNA ABOGADA PERO NO HIZO NADA Y NO DIO CONTESTACION A MI DEMANDA YO NO SE QUE HACER Y NUNCA ME HE NEGADO A DARLE PENSION A MI HIJO SIN EMBARGO NO ESTOY DEACUERDO CON EL MONTO QUE FIJO EL JUEZ QUE DEVO HACER INICAR UN JUICIO NUEVO?. ACLARANDO QUE COMO YO ME DEDICO AL NOPAL PUES TAMBIEN TENGO GASTOS PORQUE TENGO QUE COMPRAR ABONO,INSECTICIDAS , EL AGUA PARA EL RIEGO DE LAS NOPALERAS, ETC. ASI TAMBIEN EL JUEZ ESTABLECIO QUE SOLO VERIA A MI HIJO CADA QUINCE DIAS EN FIN DE SEMANA. YO LE HE DEPOSITADO PENSION A MI HIJO PERO NO LA QUE SE FIJO. INCURRO EN ALGUN DELITTO?
TENGO QUE INICIAR DE NUEVO LA DEMANDA Y SOBRE QUE CONCEPTO O COMO O SOBRE QUE FUNDAMENTOS O ARTICULOS PUEDO INICIAR UN NUEVO JUICIO, NECESITO ACESORIA ESPERO PRONTA RESPUESTA.
GRACIAS.