Una de las principales novedades que ya veníamos anunciando hace escasos meses con la entrada en vigor del Real Decreto 11/2018 de 31 de agosto, que modifica la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internalización, es la posibilidad de tramitar dentro de los dos primeros meses tu permiso de estancia por estudios en España ante la Subdelegación de Gobierno- Oficina de Extranjería correspondiente de tu lugar de residencia.

Como decimos, esta novedad favorece a muchos jóvenes ciudadanos extranjeros que con su visado de turismo y, siempre y cuando se encuentren residiendo de forma legal en territorio nacional, presenten la documentación pertinente y decidan quedarse en España con la finalidad de cursar estudios.

Lo más importante que debemos tener en cuenta con respecto a esta novedad es el plazo, pues deberá presentarse dentro de los dos primeros meses.

Recordemos que la residencia de estancia por estudios, anteriormente, se tramitaba con exclusividad ante el Consulado de España en el país de origen, mediante el correspondiente visado.

 

¿Cómo puedo realizar este procedimiento?

 

En primer lugar, para solicitar tu estancia por estudios deberemos dirigirnos a la Oficina de Extranjería que nos corresponda, según el lugar en el que nos encontremos residiendo.

Para solicitar este visado de estudios, deberemos acreditar la solvencia económica a través de un certificado de titularidad de cuenta bancaria que acredite un saldo medio que nos permita subsistir durante nuestra estancia en España.

Además de este documento se deberá acompañar a nuestra solicitud, la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud debidamente cumplimentado.
  • Pasaporte completo y en vigor.
  • Seguro médico válido en España.

También deberemos aportar si nuestros estudios superan los seis meses en España, certificado de antecedentes penales debidamente legalizado y traducido de nuestro país de origen.

Además, hay que presentar la correspondiente documentación relativa a los estudios que vamos a cursar en España procedente de un centro oficial.

Si tienes más dudas y estás interesado en tramitar este procedimiento con nuestros abogados especialistas en Derecho de extranjería e Inmigración, puedes contactar con nosotros.

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