La finalidad de la carta de invitación es justificar un lugar de alojamiento y hospedaje del ciudadano extranjero cuando acceda a territorio nacional.

La carta de invitación, tiene que realizarse ante la Comisaria del lugar de residencia del ciudadano español ya que esta es la competente para su tramitación.

Al realizar la entrada a España, además de contar con la carta de invitación, se deberán reunir el resto de requisitos como son la acreditación de medios económicos, el itinerario del viaje, los billetes de ida y vuelta entre otros.

 

La solicitud deberá contener los siguientes extremos:

 

1.- Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número del documento de identidad o pasaporte, cuando se trate de español, o Pasaporte, tarjeta de identidad de extranjero o número de identidad de extranjero, cuando no ostente la nacionalidad española, y domicilio o lugar completo de residencia.

2.- Manifestación expresa de su voluntad de invitar y de acoger a la persona invitada, bien en su domicilio principal, que será el arriba indicado, bien en una segunda vivienda, en cuyo caso, determinará el lugar concreto. El invitante aportará documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda (título de propiedad, contrato de arrendamiento u otros, de acuerdo con la legislación civil vigente).

3.- Relación o vínculo que mantiene con el invitado.

4.- Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar concreto de su residencia o domicilio y número de pasaporte del invitado. Excepcionalmente, en los casos en los que la gestión lo aconseje, la invitación podrá referirse a varias personas, debiendo indicarse en la solicitud los datos antes mencionados respecto de cada una de ellas, así como la disponibilidad de domicilio para todas.

5.- Período durante el cual está prevista la estancia del invitado, especificando, de manera aproximada, el primer y el último día de la misma.

6.- Antes de la firma, deberá constar que el invitante declara que la información expuesta es verídica.

7.- La persona invitante deberá acreditar la disponibilidad de una vivienda adecuada para el hospedaje a través de alguno de los siguientes documentos:

  • Escritura pública o título de propiedad
  • Contrato de arrendamiento.
  • Documento análogo que atribuya al solicitante la disponibilidad de la vivienda.

8.- El coste de este trámite asciende aproximadamente unos 80 euros.

9.- Debemos recordar que una vez realizada la carta de invitación es necesario enviar la misma al invitado a través de correo postal.

10.- En ningún caso podemos olvidar que la carta de invitación, justifica el alojamiento por un periodo que no podrá exceder los 90 días.

 

Si tienes alguna duda o quieres que gestionemos tu procedimiento, puedes ponerte en contacto con nuestros abogados especialistas en Derecho de Extranjería e Inmigración.

 

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